Funcionarios interinos y personal laboral. ¿Cuál es la diferencia?

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Obtener un puesto de trabajo para siempre es el sueño de muchas personas y, desde luego, de cualquier opositor. Pero trabajar en la Administración Pública no siempre supone conseguir directamente una plaza vitalicia. En ayuntamientos, ministerios y organismos autonómicos también se puede trabajar en otros regímenes laborales. Te contamos la diferencia entre un funcionario, un funcionario interino y el personal laboral en las administraciones del estado.

1. Funcionario de carrera

El puesto fijo al que aspiran todos los opositores. Se accede mediante oposición, concurso-oposición o, en ocasiones,  simple concurso. En cualquier caso, es imprescindible que se trate de una plaza fija, con un presupuesto específico, convocada mediante publicación en un boletín oficial. El proceso de selección debe ser transparente, imparcial y equitativo, con igualdad de oportunidades para todos los candidatos.

Convocar estas plazas requiere un proceso lento y complejo de burocracia interna. Por eso no es raro que, entretanto, las tareas de este puesto se cubran con otro tipo de personal.

2. Funcionario interino

Comparten con los funcionarios de carrera casi todas las características, excepto la más codiciada: la permanencia. Como en el caso de los funcionarios, sus condiciones de trabajo se rigen por el derecho administrativo, no el derecho laboral. Es frecuente que se los seleccione mediante oposición o concurso-oposición, exactamente igual que a los funcionarios de carrera, y deben reunir los mismos requisitos que éstos. Sin embargo, cuando su presencia ya no es necesaria, pierden su puesto y su condición de funcionario interino.

¿En qué casos se puede contratar personal interino?

– Para sustituir provisionalmente a funcionarios de carrera que tengan derecho a reserva de plaza y destino (sería el caso de una baja de larga duración o una excedencia por maternidad).

– Para ocupar temporalmente una plaza nueva que más adelante se otorgará a un funcionario de carrera. Esta opción es la más interesante. Convocar una plaza fija implica una serie de trámites internos que pueden demorarse varios años. Entretanto, el puesto de trabajo se cubre con personal interino. En el momento en que se convocan las plazas fijas, ese puesto de trabajo quedará abierto a cientos de aspirantes, teóricamente en igualdad de condiciones. No obstante, en estos casos es muy habitual que,  junto a la oposición (examen) se convoque un concurso de méritos. Haber ocupado temporalmente una plaza similar a la que se oferta suele representar una ventaja para el candidato. El funcionario interino deberá superar el examen, como todos los demás, pero contará con algunos puntos extra gracias a su experiencia previa.

– Para realizar tareas urgentes o estrictamente temporales.

3. Personal laboral

Determinados puestos de la Administración Pública pueden cubrirse con empleados normales y corrientes, que se rigen por el Estatuto de los Trabajadores, exactamente igual que cualquier trabajador del sector privado. No obstante, se les considera al mismo tiempo empleados públicos. En función de la duración de sus contratos, se dividen en:

  • Personal laboral fijo.
  • Personal laboral por tiempo indefinido.
  • Personal laboral temporal.

El personal laboral temporal sólo debe contratarse en situaciones excepcionales, para tareas de duración limitada. Las plazas del personal laboral fijo deben cubrirse mediante oposición, concurso-oposición o concurso de méritos.

La principal diferencia entre los miembros fijos de plantilla y los funcionarios de carrera es que los primeros no pueden actuar como fedatarios. Es decir, no cuentan con la presunción de verdad (la palabra de un funcionario en asuntos relacionados con su trabajo se considera, de entrada, cierta) ni pueden dar fe de la autenticidad de un documento. Eso sí, su experiencia en la Administración Pública les sirve para acumular méritos en caso de que decidan presentarse a una nueva plaza mediante concurso.

4. Personal eventual

Es la figura menos definida del sistema laboral público. Ocupan puestos temporales de confianza o asesoramiento especial. La gran diferencia con respecto al personal laboral temporal es que su actividad no da derecho a acumular puntos de mérito. A diferencia de los funcionarios interinos y del personal laboral, su experiencia como empleados públicos no les otorga ventajas para obtener una plaza fija mediante concurso de méritos.

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Publicado por Oscar Fuente

Emprendedor en serie y business angel, fundador de IEBS Digital School. Experto en Transformación Digital, Growth Marketing, RPA y Automatización.

51 respuestas a «Funcionarios interinos y personal laboral. ¿Cuál es la diferencia?»

  1. En relación con la descripción de las características de cada tipo de contrato del trabajador en la administración. Se me plantea:
    Un funcionario interino que desempeña durante años una plaza que no ha sido convocada a concurso, si cae en una Baja Prolongada por Maternidad u Enfermedad, (Ej. 6 meses) ¿Podría recuperar el puesto de trabajo que estaba desempeñando?
    Entiendo que el puesto de trabajo será cubierto por un nuevo funcionario interino que, no necesariamente será reemplazado por el Alta del anterior interino, sino por el Funcionario Fijo cuando se convoquen las oposiciones.

  2. En cuanto al tema de vacaciones, sueldo, responsabilidades, horario de trabajo, ¿existen diferencias entre el funcionario y el personal laboral fijo?

  3. Hola David, en principio no hay diferencias importantes en cuanto a retribución, horario o vacaciones. Las empresas públicas suelen distinguirse por cumplir escrupulosamente el calendario laboral. El salario puede verse modificado por el sistema de trienios, aplicable únicamente a los funcionarios de carrera. En cuanto a las responsabilidades, dependerán del puesto, pero la única diferencia significativa reside en la condición de fedatarios de los funcionarios públicos (pueden dar fe de la autenticidad de un documento y su testimonio se presume siempre verídico).

    Hola Ana, la pregunta que planteas es muy específica y excede mis conocimientos como periodista. En principio el interino solamente sustituye en caso de baja a funcionarios de carrera. Me parece más probable que, en este caso, la baja se cubra por medio de personal eventual y que el interino recupere su puesto provisional una vez restablecido, hasta la convocatoria de la plaza fija. No obstante, un experto en derecho laboral o administrativo podrá darte una respuesta más precisa.

    Gracias a los dos por participar.

  4. He ganado un concurso-oposicion a celador de obras en un ayuntamiento donde se convocaba la plaza como personal laboral temporal.Se me comunicó la resolución del tribunal donde este aprobava mi contratación, más tarde (un mes) me comunican que la convocatoria a sido anulada, ya que ha de ser como funcionario interino, según el art. 92.2 de la LRLAP 1985, articulo derogado por el trib. const.en sentencia Nº 37/2002 de 14 de Febrero.

    ¿Que opinais?

    Gracias anticipadas

  5. ¿las solicitudes de admision no deben de ser por opositora?
    ¿Como entrar en reserva discapacitados ?
    ¿que adaptaciones se pueden solicitar de auxuliar de enfermeria con enfermedad mental?
    ¿cuanto cobra: la contratada interina de dicha categoria profesional antes escrita?,igual personal laboral temporal y eventual?

  6. Estoy sustituyendo a un chico que lleva seis meses de baja.Se ha pedido tres meses por asuntos propios.Mi pregunta es si puedo seguir trabajando en el centro o por el hecho de ya no ser una baja tengo que irme del cole

  7. soy funcionario interino con cuatro años de antigüedad en el ayuntamiento de madrid, quería saber si podemos de alguna manera reclamar al ayuntamiento que nos pasen a personal laboral fijo. Muchas gracias

  8. a ver si alguien puede ayudarme:
    se puede sustituir el titulo de bachiller o fpII por una antiguedad de 10 años en la escala anterior para promocionar al grupo C. Quiero saber si los años como funcionario interino te computan igualmente. Gracias

  9. Buenos dias: Desde hace 12 años estoy en un Ayuntamiento con un contrato que dice:
    Interino hasta que se convoque la plaza, concretamente de Conserge de Pabellón de deportes.
    Mi pregunta y preocupación es la siguiente:
    Si una vez pasados 3 años no me han hecho fijo y la plaza siguen sin convocarla como esta sucediendo,
    ¿Debo preocuparme? Ya que desde hace 12 años no puedo hacer ningún proyecto de rehabilitacion, ni pretender comprar nada que sea muy cuantioso, por el miedo a que cuando la convoquen, no tengan en cuenta todos estos años de servicio.
    Gracias por el servicio que dan.

    1. Sí, debes tener cuidado. La Ley 30/1984 estipula que son funcionarios interinos aquellos que ocupan provisionalmente una plaza reservada normalmente a funcionarios. Si esaa plaza se incluye dentro de una convocatoria de oposiciones, un funcionario que la haya superado puede ocupar tu plaza.
      Sin embargo, si se convoca un concurso-oposición, además del examen se valoran los méritos acumulados. En tu caso puedes acumular muchos puntos con esos 12 años que llevas trabajando en el ayuntamiento, lo que te dará oportunidad de quedarte fija en tu puesto. El que más puntos tenga se quedará con la plaza.

  10. ola. en mi contrato pone que soy personal laboral interino y me gustaria saber porque causas puedo ser despedida, trabjo en unha escuela infantil de galicia, tambien cononocida como galiña azul.

  11. hola, he aprobado unas oposiciones a jardinero ( laboral ) en un ayuntamiento pero el contrato que me han hecho es de laboral indefinido , no de laboral fijo ¿esto es correcto o me han hecho una jugada? gracias

  12. EStimados amigos: Durante trece años trabajé como funcionario interino como docente. Ahora soy personal laboral fijo de una comunidad autónoma. Pregunto: ¿puedo reclamar esa primera antigüedad como funcionario interino ahora que soy laboral fijo?. He preguntado en la Función Pública y me dicen que no, que tampoco puedo ganar el juicio puesto que no figura en nuestro convenio. ¿Qué piensan?
    Saludos.

  13. Ruego corrijan la dirección del correo, me faltó la «g»
    Gracias

  14. Hola. Soy laboral fijo en una comunidad autónoma. Durante 13 años trabajé como funcionario interino docente. En la Función Pública me dicen que no puedo reclamar esa antigüedad porque no figura en nuestro convenio. Pregunto: ¿Es eso verdad?, ¿hay judisprudencia que me favorezca? Gracias y saludos.

  15. hola soy funcionaria del servicio andaluz de salud y me gustaria saber si mi tiempo trabajado es computable para poder presentarme por promocion interna al cuerpo de administrativos de la junta de andalucia. No lo tengo claro. Gracias

  16. ¿Es posible que, en un ayuntamiento, le
    den la responsabilidad del personal (es decir, ser la Cabeza, de Recursos Humanos) a una funcionaria interina?
    Gracias por vuestra respuesta, si necesitais alguna alcaración, me lo decis.

  17. Hola,
    Hace seis años que trabajo como profesora de informática en un centro tecnológico propiedad de un ayuntamiento y después de encadenar contratos año tras año por fin me sacan la plaza (aunque me conservan la antigüedad). La plaza la convocan como personal laboral fijo por concurso-oposición. Mi pregunta es:
    Con la nueva reforma laboral, cómo afecta a la estabilidad laboral y a mis derechos?
    Es posible que, si consigo la plaza, me hagan en algún momento funcionaria?
    Me podrían haber hecho personal laboral fijo sin necesidad de concurso-oposición?
    Y por último, hubiera sido mejor que me hicieran funcionaria interina?
    Muchas gracias!

  18. Tengo un contrato eventual en un hospital público. ¿Es posible que un trabajador fijo, en lo laboral tenga mas derechos que yo siendo eventual?

  19. Soy personal laboral indefinido de un ayuntamiento pequeño, no soy plantilla del ayuntamiento porque pertenezco a otro departamento, ¿sería legal el poder optar a trabajar en el ayuntamiento?

  20. Hola, buenos días. Soy personal laboral temporal de un ayuntamiento muy pequeño. Llevo trabajando 4 años. Se puede pasar a ser laboral fijo? de qué manera?
    Gracias.

  21. Pepelu a mi me pasa como a ti. Has resuelto ya tus dudas para que puedas ayudarme? Yo también aprobé una oposición de personal laboral fijo y en mi contrato pone indefinido y nsé si eso está bien hecho.Gracias!!

  22. Hola, mi contrato es de personal laboral indefinido, me gustaría saber, si se convocara un proceso de funcionarización si tendría más puntos que un funcionario interino en el mismo puesto

  23. Llevo esperando 6 meses para ocupar la plaza de conserje en un Ayuntamiento de Mallorca,personal laboral interino,despuès de superar las pruebas publicadas en el Boib,quedar el primero,ahora me dicen que por la crisis y por la restructuración del personal, de los nuevos políticos que se han hecho cargo de la gestón local, sin fechas todo se queda de momento parado.
    Os agradecería algun comentario para asesorarme en mi manera de actuar para reclamar mis derechos.

  24. Se ha omitido que el personal laboral fijo y/o indefinido accede por concurso oposición

  25. Saludos, mi mujer es personal fijo del ayuntamiento en la guarderia municipal, el ayuntamiento les esta comentando que la cosa no va muy bien y es posible que para el curso que viene tengan que prescindir de personal.
    Las preguntas son las siguientes:
    Pueden despedirla al ser Personal Fijo del ayuntamiento?
    Segun el comvenio, el personal lo tienen que recolocar, con la nueva ley, antes de despedirla tendrian que recolocarla en otro sitio del ayuntamiento?
    Ella es de las mas antiguas, el despido tendria que ser de menos tiempo en el ayuntamiento como personal del ayuntamiento a las mas antiguas? (las mas nuevas tendrias que ser despedidas antes que las mas veteranas) o el ayuntamiento decide quien es despedido dando igual la antiguedad?
    Entre las compañeras hay una compañera del sindicato que es de las que llevan menos tiempo como personal laboral fijo, esta compañera tendria que ser la ultima en ser despedida o tambien iria por razon de antiguedad?
    Muchas gracias

    1. Hola Raul,
      Esperemos que alguno de los integrantes de nuestra comunidad pueda darnos información al respecto. Te invitamos también a que expongas tu duda en la página de Facebook de Iberestudios para tener más difusión.
      Saludos y suerte!

  26. Hola desde Asturias. Tengo un contrato indefinido con una antigüedad de siete años. Trabajo para una empresa privada de limpieza la cual presta servicios en un hospital público. pertenezco al convenio colectivo de limpieza de edificios y locales del Principado de Asturias. Dentro de este convenio, existe el art. 30 el cual dice: » equiparación salarial con el personal de igual categoría perteneciente a la plantilla de la Seguridad Social». Hasta ahora nos aplicaban la equiparación salarial con el personal del SESPA (Servicio de Salud del principado de Asturias) y ahora, a raíz del R D-Ley del 13 de julio de 2012 sobre la retirada de la paga extra de navidad 2012 pues nos aplican la equiparación salarial con el personal laboral.La paga extra NO nos la quitan pero nos están descontando desde el mes de agosto hasta febrero de 2013 la cantidad resultante de la diferencia anual salarial con el colectivo laboral. Mi pregunta es:» ¿Trabajando para una empresa privada en un hospital público, soy personal laboral? ¿Me pueden aplicar dicho decreto? Gracias

  27. Hola a tod@s. mi consulta es la siguiente:
    ¿Se puede considerar mejora laboral el cambio de un contrato por obra o servicio determinado a uno de interino por programa? Agradecería que alguien me ayudara porque me juego mi futuro. Muchas gracias.

  28. Soy maestra interina. Mi hija tendrá un bebé en breve. ¿Cuántos dias tengo en este caso, fuera de la localidad?. Gracias

  29. Video: «Profesores y Maestros Interinos: El Debate»

    La Plataforma de Profesores y Maestros Interinos de Madrid pretende con este video desmontar las mentiras de la Administración y revelar cuál es la verdadera realidad del profesor/maestro interino.

    Ya en youtube: http://www.youtube.com/watch?v=zfMyGvQzMTo&feature=youtu.be

    Difusión…

  30. un compañero fue despedido por orden judicial, puede seguir laborando lo 10 días de apelacion

  31. Tras 9 años ocupando un puesto de trabajo en la administración local como laboral con contrato indefinido es probable que se produzca la reincorporación de la persona a la que estoy sustituyendo. Quisiera saber si es justo conceder la reserva de plaza a un laboral fijo por pasar a ocupar un puesto en un Consejo Regulador de Denominación de Origen que tiene la consideración de corporación de derecho público. Gracias.

  32. Tengo contrato laboral indefinido a tiempo parcial con anterioridad al 2013.

    El sueldo que empecé cobrar fue proporcional a la jornada semanal establecida en su momento que era de 35 h. semana.

    En enero 2013 entró en vigor la nueva jornada semanal de 37,5h.para las administraciones públicas y por tanto también para el personal laboral a su servicio.

    A partir de dicha fecha y actualmente mantengo la misma jornada que en 2012, pero con una rebaja en el sueldo porque se me aplica la parte proporcional sobre las 37,5h. semanales.

    Que el resto del personal funcionario y laboral también mantienen la misma jornada que en 2012 además de mantener el mismo sueldo(no trabajan más horas y siguen cobrando los mismo)

    Se me dice que sólo a mí se me aplica la parte proporcional de la nueva jornada semanal por el sólo hecho de tener un contrato a tiempo parcial.

    Entiendo que si hay una corrección de salarios debido al aumento de la jornada, la regla debe ser la misma para todo el personal, sea laboral o funcionario,no existiendo motivo alguno para que la nueva ley de 37,5 h. me afecte sólo a mí, y más aún estando en activo mucho antes de la entrada en vigor de la nueva jornada laboral.

    Entiendo que distinto sería que un empleado laboral como yo hubiese sido dado de alta a jornada parcial una vez ya establecida la jornada de 37,5h., en dicho caso se le tiene que aplicar al sueldo la parte proporcional a las horas trabajadas, como se me aplicó a mí en su día.

    Me siento discriminada y perjudicada al no recibir el mismo trato que el resto de mis compañeros funcionarios y laborales.

    Les estaré muy agradecida por su respuesta, tengo razón en mi reclamación?qué debo hacer porque no me hacen caso y me dicen qué es correcta la rebaja de sueldo?

    1. Hola Elena,
      Entendemos tu frustración. Lo mejor sería que lo comentarás con tu comité de empresa o tu sindicato. Todo depende de tu convenio laboral. ¡Ojala todo te salga bien, ánimos!

  33. Desde el mes de Febrero del 2007 llevo ocupando plaza de interino de personal laboral del ayuntamiento,mi categoria profesional es de peón de limpieza viaria, llevo cobrando un complemento por trabajos de superior categoria desde el año 2010, reconocidos en nóminas y desde el 2006 hasta el 2010 de forma no continuada, tengo una carta del anterior concejal de mi area reconociendo mis funciones y proponiendo el cambio de categoria pero hasta la fecha fecha, todo ha sido buenas intenciones y nada más. En los presupuesto del 2014 sigue reconocido esta petición pero me temo que al no haberme notificado nada se quede si hacerme ese cambio. Que he de hacer si sigo en la misma situación?. Y si llegara el caso, podria perder mi complemento por trabajos de superior categoria?. Muchas gracias

  34. hola llevo trabajando como peon jardinero entre antiguedad y trabajo como laboral fijo algo m,as de 10 años deverian subirme de categoria puesto que realizo los trabajos de oficial.de jardines.

  35. hola soy trabajador de un ayuntamiento de cataluña unos 10000 havitantes soy laboral con plaza en propiedad estoy entre laboral y funcionario cual es la diferencia gracias

  36. que régimen disciplinario les aplica a un empleado interino, en la municipalidad.

    1. Hola Cristy,
      creemos que puede ir en función del municipio, no sabemos exactamente cómo funciona. Te aconsejamos dirigirte al propio gobierno municipal para conocerlo de primera mano.
      Un saludo.

  37. Soy funcionaria de administración local en un municipio de Catalunya. Administrativa C1
    Vengo sustituyendo al secretario de la corporacion durante sus vacaciones por nombramiento por Decreto Alcaldia y por la Direcció Gral. de Administracion Local
    Tengo acumulados aprox. 54 dias en varios años
    Puedo reclamar diferencias salariales (complemento específico) por los dias que he estado ocupando de forma accidental la plaça de secretaria. Gracias

  38. Hola queria haceros una pregunta ya que ando perdida. Este mes de Febrero me presentè a una oposicion para policia local. la oferta publica era para 2 plazas fijas, pues bien yo pasé todas las pruebas y con la mejor nota lo malo que cuando hicieron el recuento de mèritos me pasaron dos personas con lo cual quedè la tercera y quede como interina. Los dos que sacaron plazas fijas estn en la academia haciendo los 9 meses de curso. Mi pregunta ahora que soy interina si alguno de ellos suspende podría saltar yo a la fija?? Y hay alguna manera legal de cuando convoquen la plaza que estoy cubriendo eviatr hacer otra vez la oposición para ganarme la plaza fija?? Muchas gracias

  39. hola necesito saber las caracteristicas de la plaza de celador de obras porque llevo muchos años como interino en un ayuntamiento y no se me reconoce ni peligrosidad (ni en obras ni conduciendo) y me tienen como c2 cuando debo interpretar planos, asistir a jucicios, firmar informes…

  40. Llevo trabajando 13 años en un hospital mi contrato es de interino y hace 20 años que no sale ninguna oposicion para adquirir la plaza fija y ahora me veo en la tesitura de pedir una excedencia y me han dicho que eso se lo dan a los fijos y tambien he pedido un permiso sin empleo y sueldo y me lo han denegado y no se que puedo hacer por que yo he abierto un bar en galicia con mi novio y por eso necesito la excedencia si alguien me puede ayudar por que estoy desesperada gracias.

    1. Lamento mucho la situación que estás atravesando. Aquí te doy algunas opciones:

      Consulta con un abogado laboral: Podría haber soluciones legales o derechos que no te han informado adecuadamente.

      Habla con Recursos Humanos: Expón tu situación y busca una solución negociada, como una reducción de jornada o una excedencia por motivos personales.

      Sindicato: Contacta a un sindicato para asesorarte y apoyarte en tu solicitud.

      Revisa la normativa laboral: Infórmate sobre tus derechos como interina, ya que podrían existir alternativas específicas en tu caso.

      Espero que encuentres una solución favorable pronto.

  41. Hay algún caso en los que se pueda considerar como interino un contrato de racionalización administrativa por tiempo indefinido, sin publicidad y sin suplir a ningún funcionario interino?

  42. Hola
    Necesito saber, si entro en una bolsa de trabajo público, ¿puedo entregar alguna documentación para que me sirva al designarme plaza y que este más cerca de mi domicilio por cuidado de hijos menores (5 y 7años)?

  43. Hola a ver si me pueden ayudar, mi pregunta es la siguiente: estoy trabanjado en el ayuntamiento como auxiliar administrativo mi contrato es a jornada completa, pero me hicieron ese contrato por 2 meses y 8 días por lo de la ayuda a la contratacion.cuando termine el contrato Me puedrian prorrogar o hacer otro contrato nuevo. Sin haber hecho ningún concurso a oposición?

  44. La duda que estoy planteando es: el personal de Limpieza adscritos a los centros de salud del Principado de Asturias, es empleado público?. Gracias

  45. Tengo mi contrato indefinido como Ausiliar de Servicios , pero trabajo como jardinero es correcto , trabajo con maquinas estoy espuesto a algun accidente Mande un oficio a Rectorado para que me ubiquen de acuerdo a mi contrato de trabajo pero no hay respuesta que debo hacer . (Gracias)

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