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Trabajar en la Administración Pública: un puesto para toda la vida

Óscar Fuente Castrillejo by Óscar Fuente Castrillejo
23/11/2009
in Cápsulas de conocimiento, Empleo y Formación
5

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En estos tiempos de inestabilidad laboral, cada vez son más las personas que se deciden por una carrera en la Administración Pública. Los salarios no son altos, pero sí razonables; los horarios permiten una buena conciliación con la vida familiar y -el argumento definitivo– si la plaza que se obtiene es de funcionario, el puesto de trabajo está prácticamente asegurado de por vida. Incluso en el caso de convertirse en personal laboral fijo, en cuyo caso los contratos se rigen por el Estatuto de los Trabajadores, la rígida normativa interna de la Administración hace muy difícil perder el puesto por un despido improcedente. Además, las normas relativas a permisos, vacaciones, excedencias maternales, etc… se respetan mucho más que en la industria privada.

¿Quiénes pueden ser funcionarios?

Los requisitos para presentarse a funcionario son pocos, pero deben cumplirse a rajatabla:

  • Nacionalidad española. En algunas convocatorias se admite también a extranjeros comunitarios.
  • Mayoría de edad. Es preciso tener más de 18 años en casi todos los casos, salvo en determinadas plazas de las categorías de subalternos, en que la edad mínima se rebaja a 16.
  • No estar inhabilitado para ejercer la función pública ni haber sido objeto de un expediente disciplinario en la Administración Pública. Es decir, a los funcionarios que hayan perdido su condición a causa de un comportamiento irregular no se les permite volver a presentarse a otra plaza.
  • No padecer enfermedades o defectos físicos que impidan desempeñar las funciones del puesto. Esto no significa que el empleo público esté vedado a enfermos crónicos o discapacitados. Todo lo contrario: en las convocatorias múltiples se suele reservar un porcentaje de plazas a candidatos con certificado de discapacidad. Sólo es necesario que la discapacidad no sea incompatible con el trabajo concreto para el que se opta.
  • Poseer la titulación mínima exigida según la categoría del puesto.

Algunas oposiciones fijan un límite de edad o exigen unas características físicas determinadas. Por ejemplo, para presentarse a los Cuerpos de Seguridad del Estado (Policía, Guardia Civil, Mossos o Ertzaintza)  es preciso ser menor de 30 años y medir 1,70 m, en el caso de los hombres, o 1,65 m, en el de las mujeres. En la Comunidad Valenciana este requisito es menos exigente: 1,65 de altura mínima para ellos y 1,60 para ellas. Los auxiliares de biblioteca no pueden ser mayores de 55 años en el momento de optar por esta plaza. Dominar la lengua propia de la comunidad autónoma también es un requisito frecuente en las convocatorias autonómicas y locales.

Categorías de empleo público

El último Estatuto Básico del Empleado Público, de 2007, establece 5 categorías para empleados públicos:

Grupo A: Cuerpos y escala. Título universitario de grado (las antiguas licenciaturas y diplomaturas también son válidas)

  • A1
  • A2

Grupo B: Título de Técnico  Superior

Grupo C:

  • C1: Título de Bachiller
  • C2: Título de Graduado en ESO

¿Es posible  despedir a un funcionario?

Sí, pero solamente en casos extremos. Éstas son las razones, todas ellas de peso, por las que un empleado público puede perder su condición de funcionario:

  • Pérdida de la ciudadanía española o comunitaria.
  • Inhabilitación absoluta o especial para un cargo público.
  • Sanción disciplinaria que implique la separación del servicio. No sólo se pierde la plaza: además, el interesado no podrá volver a presentarse a una oposición o concurso público.
  • Jubilación
  • Defunción
  • Renuncia voluntaria y por escrito. En este caso, al interesado no se le impedirá volver a presentarse a una plaza.

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