Regulación del régimen concursos de acceso a cuerpos docentes y el sistema de acreditacion

El primero de los reales decretos aprobados por el Consejo de Ministros, publicado en el “Boletín Oficial del Estado” de fecha 8 de octubre, regula el régimen de los concursos de acceso a los cuerpos docentes universitarios. La modificación de la Ley Orgánica de Universidades establece dos únicos cuerpos de personal docente universitario funcionario: catedráticos y profesores titulares. Para acceder a estos cuerpos, los candidatos han de haber obtenido previamente la correspondiente acreditación. Una vez obtenida, los candidatos se podrán presentar a los concursos que regula este real decreto, que serán resueltos por comisiones de selección nombradas por las universidades de acuerdo con sus propios estatutos y con las bases de las respectivas convocatorias.

Las universidades deberán garantizar la calidad investigadora y docente de los componentes de las Comisiones, que valorarán el historial académico, docente e investigador del candidato, así como su proyecto docente e investigador.

La Ley Orgánica de 12 de abril, por la que se modifica la Ley Orgánica de Universidades, establece una nueva definición de los cuerpos de funcionarios docentes universitarios de Catedráticos de Universidad y Profesores Titulares de Universidad, así como un nuevo procedimiento de acceso a los citados cuerpos que requiere la previa obtención de la acreditación a través de la regulación contenida en el Real Decreto 1312/2007, de 5 de octubre, por el que se establece la acreditación nacional para el acceso a los cuerpos docentes universitarios.

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