Una oposición es el examen que un Organismo Oficial realiza a las personas que desean un puesto de trabajo dentro de la Administración del Estado. Actualmente, con tanto problema de empleo, cada vez es más difícil acceder a un puesto de trabajo, por lo que hoy en día el método de concurso-oposición es el más empleado para conseguir ese objetivo. Esto supone que cada vez aumenta más el número de personas que optan por esta vía, por lo que una buena preparación es imprescindible para acceder a esos puestos de trabajo. Los motivos que llevan a las personas a prepararse para una oposición suelen ser porque las condiciones de trabajo de estos puestos son inmejorables, porque las oposiciones se efectúan con objetividad, imparcialidad y, lo más importante, con igualdad o porque una vez superada la oposición se consigue un empleo fijo y seguro como funcionario de carrera, con horarios de trabajo asequibles y con posibilidades de promoción profesional. Los candidatos que deseen participar en el proceso selectivo deberán poseer el día de finalización del plazo de presentación de solicitudes y mantener hasta el momento de la toma de posesión los siguientes requisitos de participación, como por ejemplo:
- Es imprescindible tener 18 años y no haber alcanzado la edad de jubilación (65 años).
Nacionalidad
Ser español, ser nacional de alguno de los estados miembros de la Unión Europea, ser nacional de algún estado al que sea de aplicación la libertad de circulación de trabajadores. Ser independientemente de su nacionalidad, el cónyuge de los españoles y de los nacionales de alguno de los Estados Miembros de la Unión Europea, y cuando así lo prevea el correspondiente Tratado, el cónyuge de los nacionales de algún Estado en los que sea de aplicación la libertad de circulación de trabajadores, siempre que no estén separados de derecho. Asimismo y con las mismas condiciones que los cónyuges, podrán participar los descendientes y los de su cónyuge, menores de veintiún años o mayores de dicha edad que vivan a sus expensas. En el caso de aspirantes que no sean españoles, deberán acreditar no estar sometidos a sanción disciplinaria o condena penal que impida, en su Estado, el acceso a la función pública.
Titulación
Se considerará equivalente al título de Diplomado Universitario, el haber superado los tres primeros cursos completos de los estudios conducentes a la obtención de cualquier título oficial de Licenciado, Arquitecto o Ingeniero, o el primer ciclo correspondiente a dichos estudios, siempre que este primer ciclo contenga una carga lectiva mínima de 180 créditos.
Habilitación
No haber sido separado, mediante expediente disciplinario, del servicio de cualquiera de las AAPP.
No hallarse inhabilitado para el desempeño de las funciones públicas. No pertenecer al mismo Cuerpo o Escala a cuyas pruebas selectivas se presentan.
Llegada la hora de presentar nuestra solicitud, debemos conocer que el modelo de es el denominado “modelo 790”. Éste tipo de solicitud se puede obtener de forma gratuita en las páginas web del Ministerio de Administraciones Públicas o del Instituto Nacional de Administración Pública.
(http://www.map.es/servicios/procesos_selectivos/convocatorias/formulario_de_solicitud_790.html)
El plazo de presentación de la solicitud será de 20 días naturales a partir del día siguiente al de la fecha de publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial del Estado. Con carácter general hay que pagar la tasa de derechos de examen. Están exentas del pago de esta tasa:
a) Las personas con un grado de minusvalía igual o superior al 33%, debiendo acompañar a la solicitud certificado que acredite tal condición.
b) Las personas que figuren como demandantes de empleo durante el plazo, al menos, de un mes anterior a la fecha de la convocatoria. Para ello, tendrán que acreditar dicha circunstancia a través de dos documentos: a través de certificación que expedirá la oficina del INEM o a través de la declaración jurada en la que se afirme que no se perciben rentas superiores al Salario Mínimo Interprofesional.
Las solicitudes se podrán presentar, de manera telemática, a través del Registro Telemático del Ministerio de Administraciones Públicas mediante la dirección de internet www.map.es. La presentación de la solicitud por esta vía conllevará igualmente el pago telemático de la tasa de derechos de examen.
Además, podrán pagar en cualquier banco o caja de ahorros o cooperativa de crédito de las que actúan como entidades colaboradoras en la recaudación tributaria. En este caso, deberá constar que se ha realizado el correspondiente ingreso de la tasa en el formulario de solicitud mediante validación de la entidad colaboradora (banco o caja) en la que se realice el ingreso, a través de certificación mecánica, o en su defecto, sello y firma autorizada.
Para las solicitudes suscritas en el extranjero se deberá hacer un ingreso en la cuenta 0182-2370-49-0200203962 (código Iban: ES06, código Bic: BBVAESMMXXX) del Banco Bilbao Vizcaya Argentaria a nombre del “Tesoro Público. Ministerio de Administraciones Públicas. Derechos de Examen”.
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Emprendedor en serie y business angel, fundador de IEBS Digital School. Experto en Transformación Digital, Growth Marketing, RPA y Automatización.