Becas de formación de postgrado en la Subdirección General de Deporte y Salud para el año 2010

El objeto específico de la convocatoria es la concurrencia pública para la concesión de 3 becas para la formación teórica y práctica de postgrado en las actividades que realizan el Centro de Medicina del Deporte (2 becas) y el Servicio de Documentación (1 beca), unidades todas ellas adscritas a la Subdirección General de Deporte y Salud del Consejo Superior de Deportes.

El procedimiento de concesión es el de concurrencia competitiva, entendiendo como tal aquel procedimiento mediante el cual la concesión de subvenciones se realiza mediante la comparación de las solicitudes presentadas en los términos del artículo 22.1 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

Nº Vacantes: 3

Tipo: Becas predoctorales / Ayudas

Fuente y Fecha de convocatoria:

Boletin Oficial del Estado  – Pincha  aquí – 14/09/2009

Plazo:

El plazo de presentación de instancias a esta convocatoria se iniciará el día siguiente al de la publicación de esta Resolución en el Boletín Oficial del Estado y finalizará transcurridos 20 días naturales.

Requisitos:

Podrán solicitar las becas convocadas en la presente resolución las personas que reúnan los siguientes requisitos:

a) Poseer la nacionalidad española o la de un país miembro de la Unión Europea, ser residente en España en el momento de incorporarse a la beca, y poseer plena capacidad de obrar.

b) Estar en posesión de las titulaciones académicas que se requiere en el apartado siguiente de esta misma base.

c) La fecha de finalización de los estudios solicitados no podrá ser anterior al curso académico 2005/2006.

Los títulos conseguidos en el extranjero o en centros españoles no estatales deberán estar convalidados o reconocidos previamente a la resolución definitiva de la convocatoria. En su caso, en el momento de la solicitud, el solicitante deberá justificar documentalmente que la convalidación o el reconocimiento pertinente se encuentra en proceso de trámite.

Además de los requisitos señalados en el punto anterior, a) los candidatos para las 2 becas de formación de postgrado en el Centro de Medicina del Deporte deberán estar en posesión de la titulación de Licenciado en Medicina y Cirugía y b) los candidatos para una beca de formación de postgrado en el Servicio de Documentación deberán estar en posesión de la titulación de Diplomado en Biblioteconomía y Documentación o de Licenciado en Documentación.

Los candidatos de los países de la Unión Europea deberán acreditar dominio suficiente de la lengua española para el desempeño correcto de las funciones y tareas a las que se refieren los apartados quinto y sexto de la presente convocatoria.

Los beneficiarios de las citadas becas no podrán estar incursos en algunas de las causas que se especifican en el artículo 13.2 de la Ley General de Subvenciones:

a) Haber sido condenados mediante sentencia firme a la pena de pérdida de la posibilidad de obtener subvenciones o ayudas públicas.

b) Haber solicitado la declaración de concurso, haber sido declarados insolventes en cualquier procedimiento, hallarse declarados en concurso, estar sujetos a intervención judicial o haber sido inhabilitados conforme a la Ley Concursal sin que haya concluido el período de inhabilitación fijado en la sentencia de calificación del concurso.

c) Haber dado lugar, por causa de la que hubiesen sido declarados culpables, a la resolución firme de cualquier contrato celebrado con la Administración.

d) Estar incursa la persona física, los administradores de las sociedades mercantiles o aquellos que ostenten la representación legal de otras personas jurídicas, en alguno de los supuestos de la Ley 12/1995, de 11 de mayo, de Incompatibilidades de los Miembros del Gobierno de la Nación y de los Altos Cargos de la Administración General del Estado, de la Ley 53/1984, de 26 de diciembre, de Incompatibilidades del Personal al Servicio de las Administraciones Públicas, o tratarse de cualquiera de los cargos electivos regulados en la Ley Orgánica 5/1985, de 19 de junio, del Régimen Electoral General, en los términos establecidos en la misma o en la normativa autonómica que regule estas materias.

e) No hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias o frente a la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes, en la forma que se determine reglamentariamente.

f) Tener la residencia fiscal en un país o territorio calificado reglamentariamente como paraíso fiscal.

g) No hallarse al corriente de pago de obligaciones por reintegro de subvenciones en los términos que reglamentariamente se determinen.

h) Haber sido sancionado mediante resolución firme con la pérdida de la posibilidad de obtener subvenciones según la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones o la Ley General Tributaria. No podrán acceder a la condición de beneficiarios las agrupaciones previstas en el segundo párrafo del apartado 3 del artículo 11 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, cuando concurra alguna de las prohibiciones anteriores en cualquiera de sus miembros.

Los beneficiarios deberán acreditar que no están incursos en ninguno de los anteriores apartados.

Lugar de disfrute: Unión Europea  –  ESPAÑA

Características:

Las actividades objeto de las becas que se convocan se realizarán en el Centro de Medicina del Deporte o en el Servicio de Documentación, según corresponda, en la sede de la Subdirección General de Deporte y Salud, del Consejo Superior de Deportes (calle de El Greco, sin número, 28040 Madrid), en un horario de treinta y cinco horas semanales, con la distribución que realice al respecto el Director del Centro de Medicina del Deporte o la Jefa del Servicio de Documentación, de dicha Subdirección General.

Las actividades a realizar por los adjudicatarios de las becas serán determinadas por el Subdirector General de Deporte y Salud, a propuesta del Director del Centro de Medicina del Deporte o de la Jefa del Servicio de Documentación, según corresponda. Cada becario contará con el asesoramiento, orientación y supervisión de un tutor, asignado por el Director del Centro de Medicina del Deporte o la Jefa del Servicio de Documentación, según corresponda, tutor que definirá las tareas que el becario deba realizar.

Asimismo, el adjudicatario de la beca podrá asistir, previo informe y autorización del Director General de Deportes, a congresos y reuniones científicas de corta duración para la presentación de trabajos científicos relacionados con las actividades que como becario realice en el Centro de Medicina del Deporte o en el Servicio de Documentación, según corresponda. El Consejo Superior de Deportes, dentro de los límites presupuestarios, podrá sufragar parcial o totalmente los gastos teniendo en cuenta la incidencia del evento y el presupuesto de la participación.

A cada beneficiario de las becas le será de aplicación el grupo 2 que se establece en el anexo I del Real Decreto 462/2002, de 24 de mayo, de conformidad con la asimilación autorizada por la Dirección General de la Función Pública de 8 de septiembre de 1997, a efectos de los gastos que se ocasionen por los desplazamientos en territorio nacional o extranjero, indicados en el apartado anterior.

Al final del período de disfrute de cada beca, al correspondiente beneficiario le será extendido un certificado acreditando las actividades de formación realizadas y los conocimientos teóricos y prácticos adquiridos durante el periodo de duración de dicha beca.

Si el beneficiario causara baja o renunciase a la beca, el suplente situado en primer lugar en el listado de admitidos seleccionados podrá acceder a la condición de titular.

El disfrute de las becas finalizará el 31 de diciembre de 2010.

Sin embargo, las becas podrán renovarse como máximo hasta el 31 de diciembre de 2011, previa petición del interesado antes del 1 de noviembre de 2010, y siempre que exista un informe favorable del Director del Centro de Medicina del Deporte o de la Jefa del Servicio de Documentación, según corresponda. La solicitud, junto con el informe de la actividad realizada y del grado de cumplimiento del programa establecido, se remitirá a la Dirección General de Deportes antes del 10 de noviembre de 2010.

El período máximo de adjudicación de una beca finalizará en todo caso el 31 de diciembre de 2011. En los casos de adjudicación de una beca como consecuencia de una renuncia o una revocación, el disfrute de la beca finalizará asimismo el 31 de diciembre de 2011.

La cuantía de cada beca será de 14.400,00 euros anuales íntegros, divididos en doce mensualidades, que se percibirán, en las mensualidades que correspondan, por meses vencidos, previo informe favorable del Director del Centro de Medicina del Deporte o de la Jefa del Servicio de Documentación, según corresponda, de las que se deducirán las retenciones fiscales correspondientes. En el caso de periodos de menor duración de un mes, se percibirá la parte proporcional correspondiente al tiempo real desempeñado.

La cantidad que se abone al adjudicatario de cada beca en ningún caso tendrá carácter de salario o retribución, sino de ayuda económica.

Durante el tiempo de realización de la actividad amparada por las becas, se facilitará a los becarios el vestuario adecuado para el desarrollo de las tareas que les sean encomendadas, y disfrutarán de un seguro de accidentes corporales, de viaje y de responsabilidad civil, abonado por el Consejo Superior de Deportes.

Solicitudes:

Las instancias se dirigirán al Ilmo. Director General de Deportes del Consejo Superior de Deportes y deberán formularse en el modelo de solicitud que se encontrará disponible en la página web del Consejo Superior de Deporte www.csd.gob.es. Trámites. Ayudas y subvenciones. Becas. Convocatoria becas postgrado 2010.

Las instancias deberán acompañarse de los siguientes documentos:

a) Currículum vitae en el impreso que acompaña a la instancia, con expresión de los méritos académicos y, si procede, profesionales, junto con la acreditación de los mismos.

b) Certificación académica en la que figuren las calificaciones obtenidas y fechas de las mismas.

c) Declaración expresa de acatamiento a las bases de esta convocatoria y condiciones establecidas para disfrutar la beca en el caso de serle concedida.

d) Acreditación de la identidad del solicitante:

Podrá llevarse a cabo mediante:

Consulta en los archivos históricos del Consejo Superior de Deportes. A tal fin, el solicitante deberá facilitar información sobre el objeto, el momento y el lugar de presentación de sus datos de identidad.

Consulta de los datos de identidad del solicitante, una vez se encuentre disponible el mecanismo, a través del Sistema de Verificación de Datos de Identidad establecido por el Real Decreto 522/2006, de 28 de abril, y por la Orden PRE/3949/2006, de 26 de diciembre, a tal fin, el solicitante deberá autorizar expresamente al CSD para realizar dicha consulta.

Con la aportación de la fotocopia del documento nacional de identidad, o del pasaporte en el caso de los ciudadanos de otros Estados miembros de la Unión Europea.

e) Otras titulaciones.

f) Documentos acreditativos de conocimiento de idiomas extranjeros, o del idioma español para ciudadanos de otros países de la Unión Europea.

g) Documentos acreditativos de conocimientos de informática.

h) Declaración jurada de no estar incurso en las incompatibilidades indicadas en la base novena.

Toda la documentación debe remitirse original, pudiéndose sustituir los originales por fotocopias compulsadas o autentificadas.

Las solicitudes se podrán presentar en el Registro del Consejo Superior de Deportes (calle Martín Fierro, sin número, 28040 Madrid), o en los lugares previstos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

El órgano competente para la instrucción será la Subdirección General de Deporte y Salud, del Consejo Superior de Deportes, la cual solicitará de oficio cuantos informes estime necesarios para la determinación, conocimiento y comprobación de los datos en virtud de los cuales deba pronunciarse la Resolución de la presente convocatoria.

Áreas de la Ciencia:

Biblioteconomía y ciencias de la información / Cirugía / Medicina (todo) / Medicina (varios) / Medicina de urgencias / Medicina general / Medicina interna

Fuente original:

Ministerio de la Presidencia

Complejo de la Moncloa, Avda. Puerta de Hierro s/n
28071 Madrid – ESPAÑA
http://www.mpr.es/

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