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El Supremo se pronunciará en enero acerca de Educación para la Ciudadanía y la objeción de conciencia

El próximo 26 de enero, la sala tercera del Tribunal Supremo resolverá en pleno los cuatro recursos de casación interpuestos frente a sentencias de los Tribunales Superiores de Asturias y Andalucía, con respecto al derecho de objeción de conciencia en la asignatura de Educación para la Ciudadanía.

El TSJ de Asturias se pronunció  en contra del derecho de objetar, desestimando los recursos de padres de alumnos que consideran que Educación para la Ciudadanía es una asignatura que atenta contra sus principios morales y su libertad de conciencia. Para el juez, la responsabilidad de regular los contenidos y materias de la educación obligatoria corresponde únicamente al Estado.

Sin embargo, la Sala de lo Contencioso del TSJ de Andalucía reconoció el pasado marzo el derecho de los padres a la objeción de conciencia. Amparándose en resoluciones previas del Tribunal Constitucional y del Tribunal Europeo de Derechos Humanos que, aunque aplicadas a otras cuestiones, admitían el derecho a objetar en cualquier asunto que pertenezca al “claustro íntimo de creencias”, el juez interpretó que la asignatura “emplea conceptos de indudable trascendencia ideológica y religiosa como son la ética, la conciencia moral o los conflictos morales”.

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