Detalles del Oposiciones Bombero
El servicio de bomberos es una profesión desafiante que requiere trabajar en situaciones peligrosas pero bien remuneradas. El profesional de hoy no sólo apaga incendios, sino que también puede acudir a emergencias médicas o de materiales tóxicos, rescates en espacios reducidos, rescates de alto riesgo, brigadas de desastres y otras situaciones de emergencia. Su trabajo antes que todo es el de salvar vidas.
A quién va dirigido este programa
Requisitos:
(Pueden varias según organismos)
• Ser español o nacional de uno de los restantes Estados miembros de la Unión Europea o de aquellos Estados a los que les sea de aplicación la libre circulación de trabajadores.
• Tener cumplidos los 18 años de edad.
• Estar en posesión del título de Graduado Escolar, Formación Profesional de Primer Grado o equivalente.
• No padecer enfermedad o defecto físico que impida el desempeño de sus funciones.
• No hallarse incurso en ninguna de las causas de incapacidad específica previstas en la legislación vigente.
• No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio al Estado, a las Comunidades Autónomas o a las Entidades Locales, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas.
• Tener autorización para la conducción de vehículos de la clase BTP.
• Los aspirantes deberán acompañar a sus instancias un certificado médico, extendido en impreso oficial y firmado por colegiado en ejercicio.
Pruebas Selectivas:
(Orientativas puesto que puede haber pequeñas diferencias de un organismo a otro)
Primer Ejercicio:
Pruebas físicas. De carácter obligatorio y puntuable:
Salto de longitud con los pies juntos, dominadas, press de banca, carrera de 1000 m. lisos, natación 50 m, trepa de cuerda, subida de autoescalera, etc.
Segundo Ejercicio:
Prueba de conocimientos. De carácter obligatorio y puntuable.
Consistirá en contestar un cuestionario de preguntas con respuestas alternativas, tipo test o desarrollar por escrito un tema correspondiente a la parte de Materias Específicas del Temario de la convocatoria.
Tercer Ejercicio:
Prueba Práctica. De carácter obligatorio y puntuable.
Consistirá en la realización de un supuesto determinado por el Tribunal, que sea concerniente a las funciones correspondientes a la plaza ofertada en la convocatoria, que ponga de manifiesto las aptitudes y capacidad profesional de los aspirantes